¿Sabías que en caso de sufrir un accidente tienes derecho a elegir libremente al abogado que tú quieras?

Muchos asegurados ven como, al dar parte de un siniestro, las aseguradoras le imponen un letrado desconocido siendo que, la mayoría de las veces, hay un trato menos personal hacia el cliente.

La libre elección de profesional es un derecho que no solo viene recogido en la Ley de Contrato de Seguro, sino que también está avalado por la jurisprudencia.

Las últimas sentencias de nuestro alto tribunal están acabando incluso con los límites cuantitativos que muchas aseguradoras imponen al recoger en su clausulado que, a pesar de existir el derecho de libre designación para el asegurado, el pago de honorarios al letrado está limitado a cuantías muy bajas como 600 o 1.500 euros.

En este sentido, la Sentencia del Tribunal Supremo 481/2016, de 14 de julio de 2016, o la más reciente  STS 101/2021 trazan una nueva corriente indicando que este límite tan reducido hace ilusoria la facultad atribuida sobre la libre elección de profesionales, pues no es proporcional a los costes reales de una defensa jurídica, resultando lesiva para los intereses del asegurado o sus herederos y debiendo estimar el recurso interpuesto por éstos, condenando a la aseguradora a pagar las minutas de los profesionales que intervinieron en el procedimiento.

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