Desde el 26 de julio de 2025 ha entrado en vigor la Ley 5/2025, que introduce cambios relevantes en la responsabilidad civil y el seguro de circulación. Esta reforma no afecta solo a particulares, sino también a muchas empresas, pues amplía qué vehículos deben disponer de seguro obligatorio.

De matrícula a velocidad y peso: nuevos criterios

Hasta ahora, la obligación de asegurar un vehículo solía depender de su matriculación. Con la nueva ley, el criterio cambia: lo fundamental ahora será la velocidad máxima de fabricación y el peso neto del vehículo.

La Ley define como vehículos a motor (VM) aquellos que:

  • Alcancen una velocidad máxima superior a 25 km/h, o
  • Superen los 14 km/h y tengan un peso superior a 25 kg.

En consecuencia, a partir del 26 de julio de 2025, estos vehículos deberán contar con un seguro obligatorio de automóviles. Para adaptarse a esta obligación, se concede un plazo transitorio de seis meses: hasta el 26 de enero de 2026 para regularizar la situación.

Consecuencias de no asegurar el vehículo

Si ocurre un siniestro y el vehículo no tiene el seguro obligatorio:

  • El Consorcio de Compensación de Seguros asumirá inicialmente la indemnización a la víctima.
  • Luego podrá reclamar el importe al propietario o la empresa responsable del vehículo.

Esto puede tener implicaciones económicas muy importantes, especialmente en accidentes con lesiones personales. Imagina enfrentar una indemnización de más de 40.000 € por un vehículo sin seguro: el riesgo es real.

Especial atención a los Vehículos Personales Ligeros (VPL)

La ley introduce el concepto de VPL para vehículos ligeros (por ejemplo, carretillas eléctricas, patinetes, vehículos de movilidad personal) con criterios propios:

  • Si su velocidad máxima está entre 6 y 25 km/h y el peso es inferior a 25 kg, o
  • Si su velocidad máxima está entre 6 y 14 km/h y el peso excede los 25 kg,

se les considera VPL.

Para ellos, hasta que se publique un reglamento específico (antes del 2 de enero de 2026), deberán disponer de un seguro de responsabilidad civil general que cubra daños a terceros.

Qué puedes hacer ahora

Si eres empresa o autónomo con parque de vehículos, estas acciones son clave:

  1. Clasifica tus vehículos con las nuevas reglas (VM vs VPL).
  2. Identifica qué pólizas necesitas realmente (seguro obligatorio, responsabilidad civil).
  3. Contrata con tiempo el seguro adecuado para evitar sanciones o reclamaciones costosas.

Como correduría con más de 15 años de experiencia, en THM Correduria de Seguros podemos ayudarte a realizar esta adaptación normativa.

En resumen

La Ley 5/2025 supone un punto de inflexión: amplía qué vehículos deben estar asegurados y redefine conceptos básicos. Si gestionas vehículos ligeros, eléctricos o maquinaria, asegúrate de cumplir antes de enero de 2026 para evitar riesgos y sanciones.